PARLA

El Ayuntamiento de Parla empezará a sancionar la pegada de publicidad en soportes y lugares no autorizados

carteles

Según la Ordenanza municipal  está prohibida la colocación de carteles, pancartas y adhesivos, salvo en lugares y casos permitidos

Ante el mal estado de las calles, el Consistorio ha decidido ser más estricto a la hora de sancionar a particulares, empresas y partidos políticos para conseguir mantener limpio de papelería el mobiliario urbano

Se estará especialmente vigilante con el cumplimiento de la Ordenanza durante la próxima campaña electoral


 

 

♦ El Ayuntamiento de Parla ha anunciado hoy que va a cumplir escrupulosamente la Ordenanza municipal de Protección Ambiental en lo que se refiere a las sanciones por incumplimiento de los artículos que regulan el reparto y colocación de publicidad en la vía pública. La finalidad es mantener limpio el mobiliario urbano, el arbolado, las fachadas de edificios y, en consecuencia, la vía pública.

La Ordenanza municipal de Protección Ambiental regula en los artículos 155 a 158 de su sección 5 el reparto de publicidad en la ciudad. Así, la normativa establece que “la colocación de carteles, pancartas y adhesivos, se efectuará únicamente en los lugares autorizados, con excepción de los casos permitidos por la autoridad municipal”.

El artículo 155 prohíbe expresamente fijar publicidad “en el mobiliario urbano, muros, paredes, fachadas y en el arbolado, así como desgarrar, arrancar y/o tirar los mismos a la vía pública”. Además, el artículo158 prohíbe “esparcir y tirar toda clase de octavillas y materiales similares, a la vía pública, ni pegar los mismos al mobiliario urbano, farolas, árboles, elementos ornamentales y fachadas de edificios”.

Sin embargo, el incumplimiento de este artículo de la citada normativa es habitual entre particulares, empresas y partidos políticos, lo que provoca el deterioro del mobiliario urbano y la acumulación de residuos en las calles. “Nuestra ciudad cuenta con distintos puntos de expresión libre y tablones especiales para campañas electorales, de manera que con esos espacios para publicidad gratuita no es necesario manchar y ensuciar nuestra ciudad”, ha explicado el concejal de Patrimonio, José Manuel Zarzoso.

Según Zarzoso, “debido a que no se aplica la Ordenanza, el estado de la ciudad es lamentable”. “Desde 2012, los anteriores Gobiernos han sido laxos con el cumplimiento de esta normativa y, por ejemplo, nunca se ha sancionado desde entonces en campañas electorales por pegar carteles o pegatinas fuera de los espacios autorizados. Desde el nuevo Gobierno local no vamos a ser laxos, como ya estamos anunciando. Se va a sancionar a empresas, particulares y partidos políticos que incumplan la Ordenanza”, ha sentenciado.

Las sanciones van de los 751 a los 1.500 euros

El Ayuntamiento de Parla, a través de la Concejalía de Sostenibilidad, Policía Municipal y el departamento de sanciones administrativas, va a imponer las sanciones que correspondan en el caso de incumplimiento de los citados artículos, junto al 155 (“Los organizadores de actos públicos son responsables de la suciedad derivada de los mismos y están obligados a informar al Ayuntamiento del recorrido, horario y lugar del acto a celebrar con la antelación suficiente”) y 156 (“La licencia para uso de elementos publicitarios llevará implícita la obligación de limpiar los espacios de la vía pública que se hubiesen utilizado, y de retirar dentro del plazo autorizado, los elementos publicitarios y sus correspondientes accesorios”).

El Consistorio va a prestar, además, especial atención a determinadas temporadas (como las Fiestas, Navidad o campañas electorales) en las que empresas y partidos políticos no respetan la normativa municipal, no solicitan autorización previa o, aún en el caso de haberla obtenido, no cumplen con la obligada retirada posterior de la publicidad.

Según el artículo 164 que regula las infracciones al régimen de limpieza, “la publicidad masiva en las calles, sin licencia previa, mediante carteles, pintadas, octavillas u otros medios que provoquen pérdida de estética general y suciedad notoria de la población” está considerada infracción grave y conlleva una sanción que puede ir de los 751 a 1.500 euros.

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