GETAFE

La Audiencia Provincial corrige al Juez Decano de Getafe y revoca la imputación de Juan Soler en el ‘caso Teatro’

 

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid ha revocado la imputación por un supuesto delito de prevaricación del exalcalde popular de Getafe, Juan Soler, en el denominado caso Teatro. Esta causa investiga el supuesto amaño de contratos en el proyecto de remodelación del antiguo Centro Municipal de Cultura de la calle Madrid para convertirlo en el Centro Europeo de Artes Visuales y Escénicas.

Juan Soler Espiauba fue alcalde de Getafe desde el 2011 hasta el 2015. Además ha sido senador desde el 2015 al 2019 y diputado en la Asamblea de Madrid desde el año 2003 al 2019. Soler ha declarado en repetidas ocasiones ue el proceso era en realidad «una persecución personal». Su imputación, ya revocada, además le ha afectado su carrera política. En las listas del PP para las últimas elecciones regionales, Soler ocupó el puesto 34 y se quedó a 4 escaños de convertirse otra vez en diputado autonómico.

Comida en un céntrico restaurante de Getafe edl Juez Decano de Getafe  con los exalcaldes Jesús Prieto y Pedro Castro

Hay que señalar que el instructor del caso Teatro es el Juez Decano de Getafe, Javier Achaerandio. La instrucción ha generado mucha polémica al ser pública la relación, incluso personal, del juez con los exalcaldes socialistas, Jesús Prieto y Pedro Castro, así como con la actual alcaldesa socialista Sara Hernández..

El auto de 4 páginas de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid recuerda que Juan Soler «interpuso ante el Juzgado de Instrucción nº 4 de Getafe recurso de apelación contra el auto de fecha 21 de noviembre de 2019, dictado en las diligencias previas y por el Juzgado de Instrucción de referencia, en el que se denegó la solicitud de suspensión de la diligencia de toma de declaración del recurrente en calidad de investigado».

Soler alegó que en este caso se había dejado transcurrir el plazo de 18 meses acordado por la complejidad de la causa, sin acudir a la posibilidad excepcional de una segunda ampliación del plazo de instrucción. El Juzgado de Instrucción nº 4 de Getafe sostenía que el cómputo inicial del plazo máximo de instrucción no era el momento de incoar las diligencias previas, sino aquel en que el Juzgado ganó la competencia para investigar al recurrente.

La Junta Electoral Central en su resolución del 24 de mayo de 2019 acordaba que Soler perdiese su condición de senador, pues con anterioridad a ese momento el Juzgado carecía de competencia para investigarle y no podía acordar la diligencia de toma de declaración en calidad de investigado.

En su auto, la Sala considera que «tratándose de persona aforada, ciertamente el juez de Instrucción carecía de competencia objetiva para sustanciar la investigación, y por consiguiente, también para acordar su prórroga en relación a la misma». En más de una ocasión el Partido Popular de Getafe denunció los retrasos injustificados en la instrucción y «la persecución política» por el caso.

«Lo que debió realizar, —añade el auto— es la remisión de la correspondiente exposición razonada a la Sala segunda del Tribunal Supremo dentro del plazo máximo establecido, y por tanto con anterioridad a la decisión de declaración de complejidad de la causa y de extensión de la instrucción por un plazo de 18 meses, que en modo alguno puede afectar a persona no sometida a la misma por razón de su aforamiento».

«Como consecuencia de lo dicho, estimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación de Juan Soler, con el efecto propio de que las actuaciones procesales eventualmente seguidas en relación al mismo carecen de valor legal», concluye la Audiencia Provincial de Madrid.

Cliquea para comentar

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

To Top

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies