LEGANÉS

La justicia rechaza las tesis de la oposición en el ‘Caso de los directores generales’

alcalde-leganes-16-12-14

♦ El alcalde de Leganés, Jesús Gómez Ruiz, ha comparecido esta mañana en rueda de Prensa para anunciar la decisión de la titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Leganés sobreseyendo y archivando la demanda presentada por los partidos de la oposición, PSOE, Unión por Leganés-ULEG e Izquierda Unida-Los Verdes, contra el alcalde por el nombramiento de directores generales del Ayuntamiento de Leganés.

El primer edil, al que han acompañado los tenientes de alcalde Miguel Ángel Recuenco y Juan Manuel Álamo, ha comenzado su intervención informando de que “los tribunales, una vez más, nos han dado la razón, esta vez en un caso, el de nombramiento de los directores generales, que nos ha traído de cabeza, y en el que la oposición nos acusaba de prevaricación y malversación, insistiendo, especialmente desde ULEG, en que yo estaba imputado, lo cual era falso”. “Pues bien”, ha continuado Jesús Gómez, “la Justicia nos ha dado nuevamente la razón y ha dejado claro en su sentencia que todo se hizo de acuerdo a la legalidad, llegando incluso a señalar a los demandantes, los grupos de la oposición, que antes de llegar a la vía penal, estas cuestiones han de resolverse en la contencioso-administrativa, e incluso, por su carácter de gestión política, a las urnas”.

Jesús Gómez ha seguido insistiendo en que “la juez determina que no hay ilícito penal, y yo añado que no ha sido sino una nueva cortina de humo de los grupos de la oposición, en su labor constante de dificultar la labor del equipo de Gobierno y de sembrar dudas sobre su gestión. Y he de decir que les está saliendo mal, porque todas sus grandes banderas llevadas a los tribunales han acabado con una larga lista de resoluciones judiciales dándonos la razón, como ya sucediera en el caso del colegio de Arroyo Culebro, instalación de Casbega en Leganés Tecnológico, los presupuestos de 2014…”.

El regidor leganense ha añadido que “todos estos casos del siglo, como los presentaba la oposición, sobre todo ULEG, han quedado en agua de borrajas. Y eso pasa porque algunos sólo saben hacer política a través de la injuria, la calumnia y la difamación, esperando que algún juez les haga caso e intoxicando incluso a algunos medios de comunicación. Pero se han quedado sin discurso, y todas estas decisiones judiciales dándonos la razón no hacen sino calificar su labor política como muy pobre, ya que se dedican a perder el tiempo, a fatigar a los tribunales y en algunos casos incluso a hacer el ridículo. No es la primera vez que un tribunal le dice al portavoz y presidente de ULEG que no utilice la justicia para dirimir batallas políticas, ya lo hizo en 2013 el contencioso-administrativo. Estas cosas no han de salir gratis. Esta sentencia se aportará al procedimiento abierto este señor, por un presunto delito contra el honor contra mi persona, y en el que se encuentra imputado”.

Jesús Gómez ha finalizado su intervención diciendo que “espero que los ciudadanos tomen nota de lo que han hecho algunos de sus representantes durante esta legislatura, qué es lo que han aportado y a lo que se han dedicado, a crear conflictos artificiales y a bloquear sistemáticamente el Ayuntamiento, con graves perjuicios para los vecinos, como los derivados de no firmar los convenios de Gestión del Canal de Isabel II o no sumarse a la Mancomunidad de Gestión de Residuos del Sur. Son sólo dos ejemplos de una larga lista a la que se ha unido recientemente esa obstinación por bloquear Leganés Tecnológico por mero cálculo político, perjudicando los intereses de la ciudad y de vecinos en paro”.

Claves de la decisión judicial

El auto dictado por la juez del Juzgado de Instrucción número 5 de Leganés deja algunas claves a reseñar:

♦ No existió criterio unificado entre las tres interventoras (Lucía Mora, Icíar Fernández y Teresa Pascual). Fernández, por ejemplo, fiscalizó favorablemente las nóminas de los meses de marzo, abril y mayo de 2013, no pronunciándose en sentido desfavorable hasta el mes de junio de ese mismo año.

♦ La titular de la Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local (JGL), Isabel Sevilla, en su declaración ante la magistrada, aseguró que en el expediente de nombramiento de los 11 Directores Generales consta la toma de razón favorable de quien era, en esos momentos, titular de la oficina, José Manuel Ballestero Pernil, sin que ninguna alegación desfavorable al respecto constara ni de él ni de ningún otro órgano.

♦ El jefe de la Oficina de Recursos Humanos, José Lamolda Fernández, declaró que el nombramiento de los Directores Generales en Junta de Gobierno, junto con el resto de RPT, se publicó en el BOCAM sin que nadie de los legitimados para ello lo impugnara.

♦ Los dos Secretarios del Pleno del Ayuntamiento dejaron constancia de la falta de discusión, durante el debate de los Presupuestos de 2012, acerca de la inclusión de estos Directores Generales en la RPT o en la plantilla orgánica.

♦ El jefe de la Asesoría Jurídica, Gonzalo Ruiz Gálvez, justificó el levantamiento de los reparos puesto que el impago de las nóminas habría supuesto incurrir en responsabilidad civil.

♦ No resulta acreditado, ni siquiera indicialmente, la concurrencia de la necesaria ilegalidad que justifique delito de prevaricación por la Junta de Gobierno Local.

♦ El nombramiento de estos directores generales conforme a la legislación vigente y el pago de sus nóminas no puede, en ningún caso, considerarse desvío del erario público a fines ajenos a su propio destino.

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