Caseros deberán tributar IRPF por alquileres impagados: Hacienda lo confirma

Clelia Olivárez

Los caseros deberán tributar en el IRPF por los alquileres con impagos, según Hacienda

La campaña de la Renta vuelve a poner en alerta a miles de contribuyentes. Entre dudas y cambios normativos, hay reglas concretas que determinan quién debe presentar la declaración. Conozca los supuestos clave que activan la obligación y qué ventajas fiscales pueden aplicarse, especialmente si obtiene rendimientos por alquiler.

Quién está obligado a declarar: límites por ingresos y número de pagadores

La normativa establece umbrales claros para forzar la presentación. Si sus rendimientos íntegros del trabajo se sitúan entre 15.876 euros y 22.000 euros anuales, la obligación existe cuando concurren dos condiciones:

  • Que el contribuyente tenga más de un pagador.
  • Que los importes recibidos del segundo y sucesivos pagadores sumen más de 1.500 euros al año.

Estos topes afectan a muchos trabajadores con contratos temporales o con ingresos adicionales por pluriempleo.

Opciones para presentar la declaración y requisitos según el canal

Los canales admitidos siguen siendo tres. Cada vía exige pasos distintos y plazos propios. Conviene elegir la más cómoda y adaptada a su situación.

Métodos disponibles

  • Sede electrónica: la opción más rápida y habitual. Permite descargar y modificar borradores.
  • Teléfono: servicio con cita previa para confirmar datos y firmar el resultado.
  • Presencial: en oficinas de la Agencia Tributaria, siempre con cita previa.

Las fechas oficiales de la próxima campaña aún no se han anunciado. Para atención telefónica o presencial es imprescindible solicitar cita previa.

Comprobar si le sale a pagar o a devolver: el simulador de Hacienda

Antes de enviar la declaración puede probar el resultado con el simulador oficial. La herramienta permite:

  • Cargar una declaración guardada y actualizarla.
  • Crear un borrador nuevo con sus datos fiscales.
  • Ver en minutos si el saldo es a pagar o a devolver.

Usar el simulador reduce errores y evita sorpresas en la campaña.

Deducciones y reducciones al declarar rentas por alquiler

Los ingresos procedentes del alquiler se integran como rendimientos del capital inmobiliario. Sobre ellos operan bonificaciones y deducciones en los tramos estatal y autonómico.

  • Reducción general aplicable sobre el rendimiento neto del alquiler.
  • Compatibilidad con deducciones autonómicas según la comunidad.

La Ley por el derecho a la vivienda introdujo reglas que modifican porcentajes de reducción según la fecha del contrato y las actuaciones realizadas sobre el inmueble.

Porcentajes de reducción según tipo de contrato y rehabilitación

  • Contratos firmados antes de mayo de 2023: reducción del 60%.
  • Contratos posteriores: reducción habitual del 50%.
  • Si la vivienda ha sido rehabilitada en los dos años previos: la reducción puede subir hasta el 60%.
  • Propiedades sujetas a programas públicos de alquiler a precio de mercado: posibilidad de alcanzar el 70%.

Beneficios adicionales en zonas con mercado tenso

En las llamadas zonas tensionadas hay incentivos fiscales extra para fomentar el acceso a la vivienda.

  • Si se alquila por primera vez a un inquilino entre 18 y 35 años, la reducción puede alcanzar el 70%.
  • Si un nuevo contrato rebaja la renta en más de un 5%, el propietario puede acogerse a una reducción del 90%.

Qué hacer cuando el inquilino no paga: obligación de declarar pese al impago

Si su inquilino deja de abonar la renta, la norma fiscal no exime del deber de declarar los importes. El criterio se basa en la exigibilidad legal del derecho al cobro.

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha confirmado este enfoque en resoluciones recientes. Según esa interpretación, los rendimientos derivados del alquiler se imputan al período en que son exigibles al perceptor, aunque no los haya cobrado.

En la práctica, esto significa que un propietario que inicia un procedimiento de desahucio por impago debe declarar igual los ingresos imputables al ejercicio fiscal correspondiente.

Cómo reclamar impuestos pagados por alquileres no cobrados

Si ya declaró ingresos por alquiler que no llegó a cobrar, existe la vía administrativa para buscar la rectificación. Los pasos habituales son:

  1. Presentar la declaración inicial incluyendo los rendimientos imputables.
  2. Iniciar las acciones judiciales o de desahucio necesarias contra el inquilino.
  3. Si procede, solicitar rectificación o devolución ante la Agencia Tributaria aportando pruebas del impago.

No obstante, las resoluciones del TEAC muestran que la Administración puede mantener la imputación basada en la exigibilidad del cobro.

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