Abogado general de la UE: no obliga a convertir interinos en fijos por medidas preventivas

Clelia Olivárez

El Abogado General de la UE no ve obligatorio hacer fijos a los funcionarios interinos si hay medidas preventivas

El Abogado General de la Unión Europea, Rimvydas Norkus, ha dejado en manos del Tribunal Supremo español la decisión sobre cómo abordar la temporalidad en la Administración. Al mismo tiempo, advierte que la normativa comunitaria no obliga a convertir a trabajadores con contratos sucesivos en funcionarios de carrera. Su opinión subraya la necesidad de medidas nacionales más contundentes contra el uso abusivo de contratos temporales.

Qué dice el Abogado General sobre la condición laboral

Norkus recuerda que el Derecho de la UE no impone que un trabajador temporal pase a tener la condición de personal fijo.

En su análisis puntualiza que no se exige el reconocimiento automático de la condición de funcionario o de personal laboral de carácter indefinido sin que el afectado haya superado los procesos selectivos exigidos por la normativa nacional.

La advertencia sobre la ausencia de sanciones prácticas en España

El Abogado General considera que, en el ordenamiento español, no existen medidas efectivas para castigar y corregir el abuso de la temporalidad en las AAPP.

Por ello, plantea que la legislación interna debe incluir alternativas reales además de las sanciones puramente punitivas.

Medidas que, a juicio del Abogado General, deben existir

Para que una política sea eficaz, no basta con sancionar. Es necesario reparar por completo el daño causado al trabajador.

  • Medidas disuasorias: sanciones con efecto real sobre quien abusa.
  • Medidas compensatorias: reparación íntegra del perjuicio sufrido.
  • Mecanismos claros: reglas previsibles, concretas y aplicables frente a la Administración.

Por qué la conversión a contrato indefinido no es suficiente

El Abogado General señala que transformar varios contratos temporales en uno solo indefinido no garantiza la reparación del daño.

En casos graves, la simple estabilización administrativa puede dejar intactas las consecuencias materiales y profesionales del abuso.

Crítica a las fórmulas indemnizatorias actuales

Norkus cuestiona los importes tradicionales de indemnización como solución única.

Indemnizaciones basadas en tablas de días por año de servicio, con topes limitados, pueden quedar insuficientes cuando el abuso se prolonga durante años.

Qué elementos propone valorar para fijar la compensación

  • La gravedad de la infracción.
  • La duración del uso abusivo de contratos temporales.
  • La totalidad de los perjuicios materiales y profesionales sufridos.

Las medidas de estabilización y su alcance real

Las iniciativas legislativas españolas que obligan a convocar procesos selectivos son útiles. Pero, según el Abogado General, no bastan.

Si esos procesos no se desarrollan efectivamente, la mera obligación formal no impedirá el abuso.

El papel del Tribunal Supremo y la eventual intervención del TJUE

Tras elevar la cuestión, el Tribunal Supremo recibirá la última palabra sobre si la normativa nacional cumple los requisitos de la UE.

Norkus recomienda que, si el TJUE finalmente se pronuncia, recuerde al Supremo la necesidad de adoptar medidas que sean a la vez disuasorias y compensatorias.

Derechos equiparados pero sin estabilidad

La jurisprudencia del Supremo ya ha igualado ciertos derechos de los indefinidos no fijos con los del personal fijo.

Ese alineamiento mejora la situación salarial y promocional. Sin embargo, no otorga estabilidad laboral, que el Acuerdo Marco considera esencial.

Criterios prácticos que deberían incorporarse

Para que las sanciones sean eficaces, el Abogado General propone criterios concretos:

  • Previsibilidad: la obligación de la Administración debe ser clara.
  • Aplicabilidad: las sanciones deben poder ejecutarse sin bloqueos administrativos.
  • Proporcionalidad: la cuantía debe ajustarse a la gravedad y duración del abuso.
  • Reparación integral: cubrir daños económicos y profesionales del trabajador.

El valor de la experiencia previa en procesos de estabilización

El Abogado General advierte que otorgar un peso excesivo a la experiencia acumulada no soluciona por sí solo el problema.

Si un trabajador afectado no supera el concurso o la oposición, esa preferencia no eliminará las consecuencias del abuso prolongado.

Qué puede decidir ahora el Tribunal Supremo

Corresponde al Supremo valorar si la normativa española dispone de mecanismos suficientes.

Deberá analizar si las medidas son realmente disuasorias, previsibles y capaces de reparar íntegramente el perjuicio.

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