► En las primeras 24 horas de la declaración del Estado de Alarma.
► El Gobieno de España ha limitado la movilidad a casos excepcionales.
La Policía Local de Getafe ha identificado en las primeras 24 horas de la declaración del Estado de Alarma, anunciado por el Gobierno de España frente a la actual crisis por el COVID-19, a 338 personas en cumplimiento del mismo. Asimismo, ha interceptado 107 coches y cursará denuncia ante la delegación de Gobierno a 36 personas, siguiendo las instrucciones de la Agencia para la Seguridad de la Comunidad de Madrid.
En el ejercicio de su labor, los agentes han priorizado la labor pedagógica, informando en primer lugar a las personas de la obligación de permanecer en sus casas, saliendo exclusivamente en los casos de necesidad, marcados por el Gobierno de España. A pesar de ello, la Policía Local ha tenido que cursar las denuncias pertinentes en 36 casos. Al respecto, la concejala de Seguridad Ciudadana, Elisabeth Melo, recuerda que «no solo es obligatorio el cumplimiento de estas normas, sino que además es necesario el sentido común y la solidaridad para vencer al virus”.
Los agentes se han encontrado con situaciones “como cuatro personas en un coche que entre risas dicen que vienen de hacer la compra y no llevan más que un paquete de patatas”. Por ello insisten que “esta situación es muy seria y la mayoría de la gente así lo está entendiendo, son pocos quienes ponen en peligro a los demás con su actitud, pero debemos ser todos conscientes”.
Se recuerda que toda la población debe permanecer en el domicilio. La salida está permitida para adquirir alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; ir al banco o al centro sanitario; desplazamientos para trabajar y la vuelta al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables; así como situaciones de necesidad debidamente justificadas. Estas salidas deberán hacerse individualmente, salvo en situaciones de dependencia, debidamente justificadas.
Limitación de la libertad de circulación de las personas
El estado de alarma decretado por el Gobierno español el pasado 14 de marzo, con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el virus COVID-19 (coronavirus), recoge en el artículo 7 del mismo, que durante su vigencia las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:
a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.
Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.
En todo caso, en cualquier desplazamiento deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.
El Ministro del Interior podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos.
Cuando las medidas a las que se refieren los párrafos anteriores se adopten de oficio se informará previamente a las administraciones autonómicas que ejercen competencias de ejecución de la legislación del Estado en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial.
Las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial garantizarán la divulgación entre la población de las medidas que puedan afectar al tráfico rodado.