Hacienda ha iniciado una oleada de comprobaciones dirigidas a empresas para verificar si pueden deducir el IVA de gastos vinculados a atenciones a clientes y actividades recreativas. La acción coincide con criterios interpretativos del Tribunal de Justicia de la UE y con el uso masivo de datos del Suministro Inmediato de Información.
Hacienda eleva el control sobre deducciones del IVA
En los últimos meses la Agencia Tributaria ha enviado requerimientos a numerosas sociedades.
El objetivo es obtener detalles sobre facturas y justificación de gastos que las empresas imputan como representativos.
Las comprobaciones buscan detectar deducciones del IVA que, según la inspección, no responden a un carácter estrictamente profesional.
Qué tipos de gastos están bajo lupa
- Atenciones a clientes en restaurantes y eventos.
- Actividades recreativas y de ocio con proveedores no vinculados a la actividad principal.
- Regalos, viajes o actos promocionales cuya vinculación con la actividad sea difusa.
- Servicios contratados que aparezcan como gastos de representación.
Por proveedor o concepto, estas facturas pueden considerarse gastos de representación y perder la deducibilidad.
El criterio del Tribunal de Justicia y su impacto en España
El asesor fiscal Luis Pérez, socio director de Benow Partners, recuerda que el TJUE avala la exclusión de ciertos gastos del derecho a deducción.
El tribunal sostiene que la directiva europea admite limitar la deducibilidad cuando los gastos no sean estrictamente profesionales.
Esto refuerza la posición de Hacienda al cuestionar la deducción del IVA en atenciones a clientes.
La carga de la prueba y sus límites
Según expertos, corresponde al contribuyente acreditar la afectación de los gastos a la actividad.
Sin embargo, el solo destino de una factura como atención a clientes no siempre basta para justificar la deducción.
Empresas obligadas al Suministro Inmediato de Información
Hacienda emplea datos del Suministro Inmediato de Información (SII) para identificar patrones y posibles irregularidades.
Están acogidas al sistema las empresas con ingresos anuales superiores a 8 millones de euros.
- Obligación de remitir facturas en un plazo máximo de cuatro días.
- Acceso rápido de la Agencia a un volumen masivo de facturación.
- Mayor facilidad para cruzar datos entre proveedores y receptores.
Requerimientos y procedimientos que están iniciando
Las compañías incluidas en el SII han empezado a recibir requerimientos de información.
Con ellos se abren procedimientos de comprobación limitada que pueden derivar en liquidaciones provisionales.
El análisis se centra en la factura, el proveedor y el concepto declarado.
Qué documentación exige Hacienda y cómo presentar defensa
- Facturas completas con detalle del servicio y del cliente atendido.
- Contratos y órdenes de trabajo que vinculen el gasto a la actividad.
- Listados de asistentes, agendas o comunicaciones que acrediten finalidad profesional.
- Políticas internas sobre gastos y cumplimiento fiscal.
Conservar todos los elementos probatorios es clave para poder defender la deducibilidad ante la Administración o en un procedimiento posterior.
Consejos prácticos para empresas bajo inspección
- Revisar y clasificar las facturas relacionadas con clientes y representación.
- Documentar la finalidad profesional de cada gasto con soportes escritos.
- Evaluar la posibilidad de desglosar facturas entre parte deducible y no deducible.
- Consultar con asesores fiscales antes de responder a requerimientos.
Riesgos y efectos de las liquidaciones provisionales
Cuando Hacienda considera indebida la deducción, procede a la regularización del impuesto.
Las liquidaciones provisionales pueden incluir intereses y, en algunos casos, recargos si no se subsanan.
El uso del SII acelera la detección y reduce los plazos para la Administración.
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Economista y analista apasionada por las finanzas y los negocios, Clelia ofrece un enfoque profundo sobre la economía española e internacional, desglosando tendencias y datos complejos para todos los lectores.
