La Comunidad de Madrid ha actualizado la guía útil sobre la actividad comercial durante el Estado de alarma para adaptarla a la situación derivada del paso de la región, desde este lunes 8 de junio, a la Fase 2 de la desescalada. En ella se permite la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales, con independencia de su superficie útil de exposición y venta.
La guía, que se puede consultar en el portal web oficial de la Comunidad (www.comunidad.madrid), aclara las distintas dudas y disposiciones a aplicar en la actividad comercial durante esta fase. Así, explica que será necesario que se reduzca al cuarenta por ciento el aforo total de los locales; que se garantice una distancia mínima de dos metros entre clientes; establecer un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años, y cumplir con las medidas higiénicas y de prevención establecidas.
En la Fase 2 pueden reanudar su actividad todos los establecimientos comerciales de superficie superior a 400 metros cuadrados, así como aquellos ubicados en centros comerciales. Por tanto, desde el 8 de junio los más de cien centros comerciales de la Comunidad de Madrid pueden proceder a la reapertura, siempre que se limite el aforo total de los mismos al 30 por ciento de sus zonas comunes y se mantenga la limitación al 40 por ciento del aforo en cada uno de los establecimientos comerciales integrados en ellos.
Los clientes de los centros comerciales no podrán permanecer en las zonas comunes, salvo para desplazarse entre los establecimientos que acogen. Además, siempre que el centro comercial disponga de al menos dos accesos, se podrá establecer un acceso único para la entrada y otro para la salida, evitando así el riesgo de contacto entre clientes y la posibilidad de formación de aglomeraciones. Las zonas recreativas, tales como espacios infantiles, ludotecas o áreas de descanso, deberán permanecer cerradas.
Por su parte, los establecimientos de hostelería y restauración ubicados en centros comerciales podrán también reabrir, pudiendo dar servicio a sus clientes en el interior de los locales siempre que se garantice una distancia mínima de dos metros entre las mesas y se limite el aforo máximo al cuarenta por ciento. Los cines también podrán reanudar su actividad, no pudiendo en este caso superarse un tercio del aforo autorizado ni reunir más de cincuenta personas.
Se incrementa el número de puestos de los mercadillos
Además, en los mercadillos que ya venían desarrollando su actividad en Fase 1 o que la vayan a reiniciar, por decisión de los ayuntamientos respectivos, en Fase 2, se podrán instalar hasta un tercio de los puestos autorizados, frente al 25 por ciento permitido hasta ahora, limitando la afluencia de clientes de manera que se asegure el mantenimiento de la distancia social de dos metros. Se prevé, asimismo, que los ayuntamientos puedan aumentar la superficie habilitada o establecer nuevos días para el ejercicio de esta actividad, de manera que se produzca un efecto equivalente a la citada limitación, tal y como se recoge en la guía específica de comercio ambulante que también se puede consultar en el portal web oficial de la Comunidad de Madrid.
La actualización de la guía útil de comercio insiste en las recomendaciones genéricas que ha remarcado el Gobierno regional durante todo este proceso, y que pasan por la actuación responsable de consumidores y clientes. Se recuerda que es imprescindible cumplir las recomendaciones sanitarias y respetar la obligatoriedad de mascarillas en espacios cerrados, al aire libre, en el transporte público y, en general, en todos aquellos lugares o situaciones en los que no sea posible mantener la distancia social.